[Nfbespanol-talk] Nuestros Trabajadores con Discapacidad Siguen Enfrentándose a Pagos Parciales

Frida Aizenman aizenman at earthlink.net
Tue Jan 3 18:37:49 UTC 2012


Braille Monitor

Volumen 55, Número 1

Enero, 2012

Gary Wunder, Redactor

 

Nuestros Trabajadores con Discapacidad Siguen Enfrentándose a Pagos Parciales

Por Samuel R. Bagenstos

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[LEYENDA DE LA FOTO: Samuel R. Bagenstos.] 

http://www.nfb.org/images/nfb/Publications/bm/bm12/bm1201/bm120104.htm

Nota del redactor: El 2 de diciembre del 2011, un columnista invitado apareció en el Des Moines Register. Fué Samuel Bagenstos, el abogado general principal adjunto de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Se había dirigido a la convención de la Federación el verano pasado, y sus declaraciones fueron reproducidas en la edición de diciembre del Monitor. Reproducimos de nuevo su columna en la importancia de la revocación del artículo 14(c) de laLey de Estándares Justos para la Fuerza Laboral,

Fair Labor Standards Act,
ya que proporciona un excelente resumen de los argumentos a favor de aprobar 
La Ley del Salario Justo para los trabajadores con discapacidad,

Fair Wages for Workers with Disabilities Act

H.R. 3086, por la que estamos luchando para conseguir copatrocinadores en la Cámara de Representantes.
Aquí está la columna:

En 1990, el Congreso aprobó la Ley de Americanos con Discapacidad (ADA).
El Congreso halló que los estadounidenses con discapacidad habían experimentado diversos tipos de discriminación, incluyendo las normas sobreprotectoras y políticas, y la segregación, y el descenso a menos servicios, programas, actividades, beneficios, empleo, y otras oportunidades. Veinte años más tarde, los libros de leyes todavía contienen una ley federal, en la que, se discrimina a las personas con discapacidad, refleja una política de sobreprotección hacia ellos, y anima a la segregación y al descenso a menos puestos de trabajo. Esa ley es la Sección 14(c) de

la Ley de Estándares Justos para la Fuerza Laboral,

Fair Labor Standards Act,
que autoriza a los empresarios a pagar menos del salario mínimo a ciertos empleados con discapacidades. El Congreso debe eliminar esta era de anacronismo de los años de 1930.


Cuando el Congreso aprobó

La Ley de Estándares Justos para la Fuerza Laboral,

Fair Labor Standards Act,

en 1938, estableció un salario mínimo federal, pero escribió en la sección 14(c) de la ley, la práctica de un Principio antiguo, de la exención de ciertos tipos de empresas para las personas con discapacidad. La mayoría de estas empresas, son lugares de trabajo segregados, para los trabajadores con discapacidad, conocidos comúnmente como talleres cerrados. (No todos los  talleres cerrados utilizan la exención.) En la actualidad, debido a esta disposición, junto con otras leyes que requieren que el gobierno federal adquiera cierta mercancía, y servicios de los talleres cerrados, existen 2.500 instalaciones que emplean a 350.000 trabajadores con discapacidad con salarios por debajo del salario mínimo.



La Sección 14(c), a primera vista, discrimina en contra de los trabajadores con discapacidad por la selección fuera, y se les niega el salario mínimo al que todos los trabajadores estadounidenses presuntamente tienen derecho. Sin embargo, los operadores y los partidarios de las instalaciones exentas siguen justificando esta discriminación. Ninguna de sus justificaciones, sin embargo, resisten incluso, un examen superficial. Exteriormente, la Sección 14(c) indica que su propósito es asegurarse de que los empresarios del mercado libre no se desanimen a contratar a trabajadores con discapacidad por obligación de pagarles un salario mínimo, un argumento que ha sido propuesto por los partidarios de la exención. La premisa de esta justificación es que, para un número significativo de personas con discapacidad, no hay nada que valga la pena, si los empresarios del mercado abierto los contratan a ellos. El Congreso concluyó cuando se adoptó la Ley de Americanos con Discapacidad, ADA, que a menudo, son los estereotipos, y no los hechos, que llevan a los empresarios a creer que las personas con discapacidad no pueden ser productivas. La evidencia es clara, de que, una estrategia de salario por debajo del salario mínimo no es una estrategia eficaz para alentar a los empresarios a contratar personas con discapacidad. La Sección 14(c) ha servido simplemente como un subsidio para talleres cerrados. De acuerdo con la Oficina de Responsabilidad Gubernamental, Government Accountability Office, sólo alrededor del 5 por ciento de las personas que reciben salarios por debajo del salario mínimo en virtud de esta ley trabajan para los empresarios del mercado libre. La mayoría trabajan para talleres cerrados.



Algunos sostienen que la Sección 14(c) brinda a las personas con discapacidad la oportunidad de aprender habilidades básicas de trabajo antes de entrar en el mercado laboral abierto.
Pero esta justificación no se ajusta a los hechos. La evidencia de varios estudios muestra que la mayoría de las personas empleadas en los talleres cerrados no los dejan, y los talleres proporcionan entrenamiento deficiente para un empleo competitivo, ya que utilizan fabricación que es obsoleta.



Por último, los partidarios de la exención argumentan que el sistema permite que los que no pueden competir en la fuerza laboral en general ganen algo por lo menos, y la ley exige que los salarios estén ligados a la productividad del trabajador. Este argumento también es fatalmente defectuoso. Los métodos de producción obsoletos en muchos talleres cerrados, artificialmente deprimen la productividad de los trabajadores, sin decir nada sobre cómo les iría en un lugar de trabajo moderno. Todas las pruebas acerca de la productividad provienen de la empresa, que tiene un aliciente financiero para explotar la mano de obra barata. El problema del desempleo entre las personas con discapacidad es grave. Sin embargo, la provisión de salarios por debajo del salario mínimo de la Sección 14(c) no es la solución.



La Sección 14(c) discrimina a las personas con discapacidad. No ha cumplido con su objetivo inicial de asegurar que los empresarios en el mercado abierto contraten a personas con discapacidad. En su lugar, se ha limitado a dar un subsidio para los empresarios que han hecho un mal trabajo en la preparación de sus trabajadores para el mercado libre de trabajo. La Sección 14(c) es una anomalía en la América post-ADA, y El Congreso la debe revocar.
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