[NFBEspanol-Talk] La Ley de Acceso Tecnológico No Visual, de Dispositivos Médicos,

Frida Aizenman nfbfrida at gmail.com
Sun Jan 23 22:07:05 UTC 2022


Medical Device Nonvisual Accessibility Act,

(H.R. 4853)

Tema---Las interfaces digitales avanzadas crean barreras que impiden que

las personas ciegas operen independientemente los dispositivos médicos

de uso doméstico que son esenciales para sus necesidades sanitarias diarias.

Los dispositivos médicos de uso doméstico son cada vez más prevalentes y

menos Asequibles para los Estadounidenses ciegos. La rápida

proliferación de tecnología avanzada es innegable. La mayoría de los 
nuevos modelos médicos de uso doméstico, tales como

monitores de glucosa y monitores de presión arterial, junto con la

aparición de dispositivos domésticos que ofrecen servicios médicos con

opciones de cuidado, tales como tratamientos de quimioterapia y

diálisis, requieren que los consumidores interactúen con una pantalla

digital u otras interfaces.

Esta nueva tecnología

  ha sido y continúa siendo desarrollada e implementada sin accesibilidad

no visual como parte integral de la fase de diseño, lo que crea una

barrera en el ambiente moderno.

La ininasequibilidad de dispositivos

médicos de uso doméstico no es un mero inconveniente; si la

accesibilidad para los consumidores ciegos se omite del

  panorama tecnológico, la salud, la seguridad y la independencia de los

Estadounidenses ciegos estarán en peligro inminente.

La telesalud actualmente representa el 20 por ciento de todas las 
visitas médicas, y más proveedores de atención médica buscan expandir 
los servicios de

telemedicina.

1

Por desgracia, estas visitas asumen que una persona tiene fácil acceso a 
dispositivos médicos asequibles para tomar sus propios signos vitales. 
Como resultado de la inasequibilidad,

Los estadounidenses ciegos y de baja visión se encuentran en clara 
desventaja cuando se trata de recibir la misma atención médica virtual 
que sus homólogos

videntes.

El acceso no visual es alcanzable, como lo demuestran varios productos

principales. Apple ha incorporado VoiceOver, (una función de texto a

voz) en todos

  sus productos de pantalla táctil, lo que hace que los iPhones, el

Macbooks, las computadoras de escritorio Mac, y los iPads, sean

completamente asequibles para las personas ciegas saliendo de la caja. 
Prácticamente todos los cajeros automáticos fabricados

  en los Estados Unidos son asequibles, y cada lugar de votación requiere

tener una máquina de votación no visualmente asequible. Con frecuencia,

una salida de audio simple o una función vibrotáctil puede hacer que un

producto sea completamente asequible a un costo

  mínimo para los fabricantes.

Las leyes actuales sobre discapacidad no pueden mantenerse al día con

los avances en tecnología debido a la rápida evolución de la tecnología

médica y su incorporación a los dispositivos médicos de uso doméstico. 
Aunque

  la Ley de Americanos con Discapacidades,

Americans with Disabilities Act,

y otras leyes requieren acceso físico para las personas con

discapacidades, (por ejemplo, rampas para

  sillas de ruedas), Braille en edificios públicos), no hay leyes que

protejan el derecho de los consumidores ciegos a acceder a tecnología

como los dispositivos médicos de uso doméstico. El Consejo Nacional 
sobre Discapacidad,

National Council on Disability,

llegó a la conclusión de que los estándares de Asequibilidad se quedan

atrás del ritmo acelerado de la tecnología, que puede interferir con

  el acceso tecnológico.

2

Esta tendencia de inasequibilidad continuará si se ignoran las

soluciones de asequibilidad. Solo una fracción de los fabricantes de

dispositivos médicos han incorporado estándares de asequibilidad no

visuales en el diseño de sus productos

  mientras que otros continúan resistiéndose a estas soluciones.

Solución---La Ley de Acceso Tecnológico No Visual, de Dispositivos Médicos,

Medical Device Nonvisual Accessibility Act

(H.R. 4853):

Pide a

la Administración de Alimentos y Medicamentos,

Food and Drug Administration,

(FDA)

que promulgue estándares asequibles para

dispositivos médicos de Clase II y Clase III, de uso doméstico no 
visual. La Administración de

Alimentos y Medicamentos consultará con

  partes interesadas con discapacidades y fabricantes, y emitirá un aviso

de la reglamentación propuesta a más tardar doce meses después de la

fecha de promulgación

  de la

  Ley. A más tardar 24 meses después de la fecha de promulgación de la

ley, la Administración de Alimentos y Medicamentos publicará la regla

final, incluyendo los estándares asequibles no visuales.

Esto requiere que los fabricantes de dispositivos médicos de Clase II y 
Clase III, de uso

doméstico hagan que sus productos sean asequibles no visualmente. Los

fabricantes dispondrán de doce meses a partir de la publicación

  de la regla final para garantizar que todos los dispositivos médicos 
de Clase II y Clase III

de uso doméstico que producen sean asequibles no visualmente.

Esto autoriza a la Administración de Drogas y Alimentos, FDA, hacer 
cumplir los

estándares de Clase II y Clase III de acceso no visual para dispositivos 
médicos de uso doméstico.

Cualquier dispositivo fabricado que se encuentre en incumplimiento, ya sea

  por una queja pública a la Administración de Drogas y Alimentos, FDA, o

por una investigación independiente de la Administración de Drogas y

Alimentos, FDA, incurrirá en las mismas sanciones que no cumplir con los

mismos estándares

de seguridad de

la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos,

Federal Food, Drug, and Cosmetic Act.

OBJETIVO---TERMINAR EL ACCESO DESIGUAL A LOS DISPOSITIVOS MÉDICOS DE USO 
DOMÉSTICO

PARA LOS ESTADOUNIDENSES CIEGOS.

Copatrocine La Ley de Acceso Tecnológico No Visual, de Dispositivos Médicos,

Medical Device Nonvisual Accessibility Act,

(H.R. 4853)

Para copatrocinar H.R. 4853 póngase en contacto con:

Gidget Benitez, Consejera de Políticas de Salud,Health Policy Counsel, y 
la Representante Jan Schakowsky (D-IL-09)

Teléfono: 202-225-2111, Correo Electrónico: gidget.benitez at mail.house.gov

Para obtener más información, póngase en contacto con:

Jesa Medders, Federación Nacional de Ciegos

Teléfono: 410-659-9314, extensión 2207, Correo Electrónico: jmedders at nfb.org

www.nfb.org

1. Véase el Center for Connected Medicine, La utilización de telesalud 
se establece en el 20 % o menos de las citas médicas, disponible en

https://connectedmed.com/resources/post-pandemic-telehealth-utilization-settles-in-at-20-or-less-of-medical-appointments/

2. Véase el CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACIDAD, Informe de Progreso de la 
Política Nacional de Discapacidad,

NATIONAL COUNCIL ON DISABILITIES, National Disability Policy Progress 
Report:

La tecnología que permite acceder a las oportunidades plenas de la 
ciudadanía

bajo la Constitución es un derecho en 19 (7 de octubre de 2016), 
disponible en

https://ncd.gov/progressreport/2016/progress-report-october-2016



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