[NFBEspanol-Talk] Hojas Informativas de la Ley de Asequibilidad No Visual de Dispositivos Médicos de 2023

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Sat Jan 7 23:20:36 UTC 2023


La Ley de Asequibilidad No Visual de Dispositivos Médicos,
Medical Device Nonvisual Accessibility Act.
Tema—Las interfaces digitales inasequibles impiden que las personas
ciegas operen de forma independiente y segura los dispositivos médicos
que son esenciales
para sus necesidades diarias de atención médica.
Los dispositivos médicos con una interfaz digital son cada vez más
frecuentes y menos asequibles para los Estadounidenses ciegos. La
rápida proliferación de tecnología avanzada es innegable. La mayoría
de los nuevos modelos de dispositivos médicos, como los monitores de
glucosa y presión arterial, junto con la aparición de dispositivos
domésticos
que ofrecen opciones de atención médica, como tratamientos de
quimioterapia y diálisis, requieren que los consumidores interactúen
con una pantalla digital
u otras interfaces. Esta nueva tecnología ha sido y continúa siendo
desarrollada e implementada sin asequibilidad no visual como parte
integral de la fase de diseño, lo que
crea una barrera moderna. La inasequibilidad de estos dispositivos
médicos no es un mero inconveniente; cuando la asequibilidad para los
consumidores ciegos se omite del panorama de la tecnología médica, la
salud, la seguridad y la independencia de los Estadounidenses
ciegos están en peligro inminente.
La telesalud actualmente representa el 20 por ciento de todas las
visitas médicas, y más proveedores de atención médica buscan expandir
los servicios de
telemedicina.  El Centro Nacional de Estadísticas de Salud, National
Center for Health Statistics, también informó en 2021 que el 37 por
ciento de todos los adultos usaron telesalud, lo que ilustra un
aumento
en las visitas de telesalud. Por desgracia, estas visitas asumen que
una persona tiene fácil acceso a dispositivos médicos asequibles para
tomar sus propios signos vitales. Como resultado de la
inasequibilidad, los Estadounidenses ciegos y de baja visión se
encuentran en clara desventaja cuando se trata de recibir la misma
atención médica virtual que sus homólogos videntes.
El acceso no visual es factible, como lo demuestran varios productos
principales. Apple ha incorporado VoiceOver (una función de texto a
voz) en todos sus productos, haciendo que los iPhones, Macbooks y
computadoras de escritorio Mac, e iPads sean totalmente asequibles
para las personas ciegas desde el primer momento. Prácticamente todos
los cajeros automáticos fabricados en los Estados Unidos son
asequibles, y se requiere que cada lugar de votación tenga una máquina
de votación no asequible visualmente. Con frecuencia, una simple
salida de audio o una función vibrotáctil pueden hacer que un producto
sea asequible con un costo adicional mínimo o nulo para
los fabricantes.
Las leyes actuales sobre discapacidad no pueden mantenerse al día con
los avances debido a la rápida evolución de la tecnología médica y su
incorporación
a los dispositivos médicos. Aunque la Ley de Americanos con
Discapacidad, Americans with Disabilities Act, y otras leyes exigen la
asequibilidad física para las personas con discapacidades (ejemplo,
rampas para
sillas de ruedas, Braille en edificios públicos), ninguna ley protege
el derecho del consumidor ciego a acceder a los dispositivos médicos.
El Consejo Nacional sobre Discapacidad, National Council on
Disability, concluyó que los estándares de asecuibilidad se quedan
atrás del rápido ritmo de la tecnología, que pueden interferir con el
acceso a la tecnología. Esta tendencia de inasequibilidad continuará
si se ignoran las soluciones de asequibilidad. Solo una fracción de
los fabricantes de dispositivos médicos ha incorporado estándares de
acceso no visual en el diseño de sus productos, mientras que otros
continúan resistiéndose a estas soluciones.
Solución—La Ley de Acceso Tecnológico No Visual de Dispositivos Médicos,
Medical Device Nonvisual Accessibility Act:
Hace un llamado a
la Administración de Drogas y Alimentos,
Food and Drug Administration,
(FDA),
para promulgar regulaciones de asequibilidad no visual para
dispositivos médicos de Clase II y Clase III. La Administración de
Drogas y Alimentos, FDA, consultará con las partes interesadas con
discapacidades, y los fabricantes, y, emitirá un aviso de
reglamentación propuesta a más tardar doce meses
después de la fecha de promulgación de la ley. No más tarde de la guía
de estilo sugerida para números que significa veinticuatro meses
después de la fecha de promulgación de la ley, la Administración de
Drogas y Alimentos, FDA, publicará la regla final que incluye los
requisitos de asequibilidad no visual.
Se requiere que los fabricantes de dispositivos médicos de Clase II y
Clase III hagan que sus productos sean asequibles no visualmente. Los
fabricantes tendrán doce meses después de la publicación de la regla
final para garantizar que todos los dispositivos médicos de Clase II y
Clase III
que produzcan sean asequibles no visualmente.
Autoriza a la Administración de Drogas y Alimentos, FDA, a hacer
cumplir los requisitos de acceso no visual para dispositivos médicos
de Clase II y Clase III. Cualquier dispositivo fabricado que no cumpla
con los requisitos, ya sea por una queja pública ante la
Administración de Drogas y Alimentos, FDA, o por una investigación
independiente de la Administración de Drogas y Alimentos, FDA, se
considerará un producto adulterado según
la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos,
Federal Food, Drug, and Cosmetic Act.
Los fabricantes pueden solicitar una exención por una de dos razones:
Evidencia clara y convincente de que hacer que el dispositivo médico
sea no visualmente asequible alteraría fundamentalmente el uso del
producto; o prueba de que modificar el dispositivo médico crearía una
carga indebida para la empresa.
OBJETIVO—TERMINAR CON EL ACCESO DESIGUAL A LOS DISPOSITIVOS MÉDICOS
PARA LOS ESTADOUNIDENSES CIEGOS.
Patrocine la Ley de Asequibilidad No Visual de Dispositivos Médicos,
Medical Device Nonvisual Accessibility Act.
Para obtener más información póngase en contacto con:
Justin Young, Especialista en Asuntos Gubernamentales, Federación
Nacional de Ciegos
Teléfono: 410-659-9314, extensión 2210, Correo Electrónico:
jyoung at nfb.org o visite a www.nfb.org



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